UTILIDADES

El reparto de utilidades está cerca: ¿sabes cuándo recibirás el pago?

En caso de no recibir el pago de las utilidades, el trabajador tiene derecho a presentar una reclamación ante la junta local de Conciliación y Arbitraje.

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Todos los trabajadores que prestaron sus servicios como subordinados a una persona física o moral, durante el 2020, son acreedores este año a recibir el pago por el reparto de utilidades que reportó la empresa.

 

La duda de cada trabajador, es cuándo son las fechas para recibir dicho bono económico.

 

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, la fecha límite que tienen las personas morales para realizar el pago de utilidades es entre el 1 de abril y hasta el último día hábil de mayo, siendo por esta ocasión el 31 de dicho mes.

 

Respecto a las personas físicas, estas deben de cumplir con el pago a sus trabajadores, entre el 1 de mayo y hasta el último día hábil de junio, que será el 30 del mismo mes.

 

En caso de no recibir el pago de las utilidades, el trabajador tiene derecho a presentar una reclamación ante la junta local de Conciliación y Arbitraje.

 

Ahí el trabajador recibirá asesoría legal de un abogado, o en su defecto pueden realizar una demanda colectiva o denuncia anónima.

 

Cuando la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), reciba la queja, deberá realizar una investigación para conocer el por qué del incumplimiento del pago de utilidades, e invitará al patrón que cumpla su obligación para evitar sanciones.