Cada vez está más cerca el aguinaldo, una prestación asegurada en la Ley Federal del Trabajo (LFT) dada a finales de año. Pero, ¿este ingreso debe pagar impuestos?, ¿cuánto te pueden reducir? Esto es lo que sabemos. También te puede interesar: Si mientes en el CV, ¿te pueden despedir? Esto dice la LFT.
El aguinaldo es un ingreso que se da a los empleados a finales de año. No se trata de un regalo o reconocimiento, sino que está establecido en las leyes federales, por lo que es un derecho para todos los trabajadores que estén bajo un contrato formal.
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En contra de lo pensado, no solamente los activos que acumulen un año pueden recibir aguinaldo, sino también aquellos que lleven menos tiempo. Los empleadores tienen la obligación de realizar el cálculo y dar lo equivalente a los de nuevo ingreso, aún sea poco más de un mes en el centro de trabajo.
El aguinaldo, como todos los años, empieza a ser entregado a lo largo de diciembre. La LFT no establece el día en que inicia su repartición, pero sí dictamina que no puede retrasarse después del 20 de diciembre.
SAT, ¿el aguinaldo paga impuestos?
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el aguinaldo es objeto de Impuesto Sobre la Renta, conocido como ISR, por lo que una fracción del mismo queda recortada. No obstante, es posible que quede íntegramente, pero depende de la cifra.
El límite para que el aguinaldo quede libre de ISR es de 3 mil 112 pesos, que es equivalente a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Si es menor a ello, el ingreso quedará intacto. Si eres acreedor más aguinaldo, entonces el impuesto ISR se hará efectivo. Sin embargo, únicamente aplica para el exceso. Es decir, si recibes 6 mil pesos, el sobrante es de 2 mil 888 pesos; es sobre esta última cifra en la que se aplicará el cargo.