El servicio de emergencias 911 es una herramienta crucial para reportar situaciones urgentes, como incendios, accidentes o delitos.
Sin embargo, el uso indebido de este número, como hacer llamadas de broma, puede tener consecuencias legales.
Entre enero y marzo de 2024, se registraron más de un millón de llamadas al 911, de las cuales solo el 31.1% fueron procedentes. Esto deja en evidencia la carga que enfrentan los servicios de emergencia y el impacto de las falsas alarmas.
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¿Qué dice la Ley?
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México sanciona las llamadas de broma con fines ociosos. El Artículo 28 establece que realizar llamadas falsas o que generen pánico colectivo puede acarrear sanciones al titular de la línea telefónica.
Las infracciones se clasifican en tres tipos (B, C y D), con sanciones que van desde multas económicas hasta arrestos o trabajos comunitarios.
Sanciones
- Tipo B: Multa de 11 a 40 Unidades de Medida, arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas
- Tipo C: Multa de 21 a 30 Unidades de Medida, arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas
- Tipo D: Arresto de 20 a 36 horas o trabajo comunitario de 10 a 18 horas
Con el valor actual de la UMA (108.57 pesos), las multas pueden alcanzar hasta los 4,342 pesos, además de las consecuencias penales.
El impacto de las llamadas falsas hacer una llamada de broma al 911 no solo pone en riesgo la atención de personas con emergencias reales, sino que también moviliza recursos que podrían ser necesarios en situaciones críticas.
Es importante ser consciente del uso responsable de los servicios de emergencia y de las implicaciones legales de abusar de ellos.