COMPARTIENDO OPINIONES

La ley es la ley

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No dejo de preocuparme cada vez que veo una noticia que evidencia que la violencia doméstica sigue en aumento, y que la víctima suele ser una mujer. Como tampoco deja de asombrarme que quienes se asuman como defensoras de las mujeres, sean personas que están fuertemente influenciadas por la ideología de género, mucho más dispuestas a la confrontación y a la polarización que a la solución de los problemas. No suelo verlas defendiendo a las miles de mujeres migrantes que cruzan por nuestro país… a menos que una de ellas sea asesinada.
Sin embargo, las leyes son claras en la igualdad entre el hombre y la mujer: ninguna ley privilegia al hombre por ser hombre, o discrimina a la mujer por ser mujer. La violencia no tiene género y se vuelve más escandalizante cuando la víctima es más débil: sea mujer, anciano, niño o enfermo.
El Código Civil federal (vigente) nos da muestra de ello, donde la igualdad de los cónyuges –independientemente de lo que aporte económicamente-, la responsabilidad compartida en la educación de los hijos, nos muestra que, no solamente se trata de valores, sino de la ley:
Artículo 164. Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a su alimentación y a la de sus hijos, así como a la educación de éstos en los términos que la ley establece, sin perjuicio de distribuirse la carga en la forma y proporción que acuerden para este efecto, según sus posibilidades. A lo anterior no está obligado el que se encuentre imposibilitado para trabajar y careciere de bienes propios, en cuyo caso el otro atenderá íntegramente a esos gastos.
Los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio serán siempre iguales para los cónyuges e independientes de su aportación económica al sostenimiento del hogar.
Artículo 168. El marido y la mujer tendrán en el hogar autoridad y consideraciones iguales; por lo tanto, resolverán de común acuerdo todo lo conducente al manejo del hogar, a la formación y educación de los hijos y a la administración de los bienes que a éstos pertenezcan. En caso de desacuerdo, el Juez de lo Familiar resolverá lo conducente.
Artículo 169. Los cónyuges podrán desempeñar cualquier actividad excepto las que dañen la moral de la familia o la estructura de ésta. Cualquiera de ellos podrá oponerse a que el otro desempeñe la actividad de que se trate y el Juez de lo Familiar resolverá sobre la oposición.
Hasta aquí los artículos. Difícilmente, si somos sensatos, estaríamos en desacuerdo con ello. El problema no es de leyes, sino de muchos de nosotros que no hemos querido adoptar, en los hechos, con este tipo de convicciones, como lo dice la guía ética de este gobierno en su introducción:  
“Toda transformación social perdurable y de alcance histórico conlleva un cambio en el acuerdo general sobre los principios de convivencia, y en ese cambio se combinan la recuperación de normas tradicionales que habían sido abandonadas y un avance hacia nuevas nociones morales que nos permitan resolver dilemas éticos de nuestro tiempo. Desde luego, la adopción de una nueva guía ética por parte de la sociedad debe ser fruto del acuerdo y no de la imposición, de la educación y no de la coerción”.
Pensar que la tarea le corresponde solamente al Estado, es una irresponsabilidad. Es necesario el fortalecimiento de las instituciones… y de nuestras convicciones, en que la violencia jamás debe de tener cabida.
Pero en ello, como siempre, usted tiene la última palabra.
padreleonardo@hotmail.com